A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Club De Futbol Profesional Real Sincelejo Sa·Demandado Mindeporte Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incompetencia para promover cumplimiento de sentencias de tutela y tramitar incidentes de desacato
- Incompetencia para conocer de acciones de tutela
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Sucre y la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad.
En este caso la controversia entre las autoridades judiciales involucradas se originó en las diferentes interpretaciones del artículo 19 del Acto Legislativo 02 de 2015.
Luego de analizar las argumentaciones formuladas en ambos sentidos, la Corte dirimió el conflicto ordenando la remisión del expediente a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Sucre para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 22 de enero de 2021 proferido por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de Sucre, dentro del tramite de la solicitud formulada por el Club de Futbol Profesional Real Sincelejo S.A. que tiene como objeto el cumplimiento de la sentencia de tutela de segunda instancia emitida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 2 de diciembre de 2020.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3954 a la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de Sucre para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y a la Comision Seccional de Disciplina Judicial de Sucre.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.